La ITE o Inspección Técnica de Edificios, todo lo que tienes que saber

Inspección Técnica de Edificios

Una Inspección Técnica de Edificaciones (ITE) es un análisis visual obligatorio con el que se consigue una descripción completa del estado de un inmueble. El objetivo principal del estudio es el desarrollo de un plan de mantenimiento que permita prolongar la vida útil de la infraestructura, reduciendo significativamente los riesgos físicos.

El ITE es una inspección obligatoria que debe realizarse a todas las edificaciones que tengan una antigüedad que supere los 50 años, ubicada dentro de municipios con más de 25.000 habitantes. Se realiza de manera independiente, siendo responsabilidad de cada comunidad de vecinos o administradores de inmuebles, la realización de la misma y la presentación de los resultados a la provincia o comunidad autónoma correspondiente.

¿Cuándo es necesario realizar esta clase de inspección?

El Real Decreto-ley 8/2011, el posterior Real Decreto 235/2013 y sus disposiciones transitorias, establecen los parámetros de cumplimiento para esta inspección. De esta forma, quedan sujetos a obligatoriedad de completar la ITE todas las edificaciones que tengan una antigüedad mayor a 50 años, con un plazo de presentación de resultados que no debe superar los 5 años después de promulgada la ley.

Los ayuntamientos se encargan de notificar a los propietarios y las comunidades de vecinos sobre la obligación de completar este proceso. En cuanto a la duración de la inspección, los requisitos y trámites burocráticos, estos pueden variar un poco en función de la comunidad autónoma, municipio o provincia en la que se encuentre ubicada la propiedad inmobiliaria sujeta a inspección.

Cuándo realizar ITE

Cuando se decide completar la inspección, se solicitan los servicios de un técnico certificado, o una empresa de ITE. Ellos serán los encargados de presentar un presupuesto y, si es aceptado, realizarán la inspección del inmueble y entregarán la calificación obtenida en un informe completo, donde además se suelen incluir algunas recomendaciones sobre prevención de riesgos.

Lo que se obtiene es un certificado de aptitud, cuyos datos son introducidos directamente por el técnico en la plataforma electrónica ITE, proceso del cual la empresa ha de responsabilizarse por emitir una copia a los propietarios o administradores de la comunidad de vecinos. Existen cuatro cualificaciones posibles basadas en nivel de aptitud del inmueble.

Sería ideal obtener una certificación que indique que la propiedad se encuentra “Apta”, es decir, libre de deficiencias a nivel estructural. Eso significaría que la propiedad puede habitarse sin representar riesgos durante los siguientes 10 años. Una clasificación de Apto Provisional” solo permitiría una habitabilidad por 6 años, habiendo necesidad urgente de hacer reformas y mejoras.

Otras calificaciones posibles, sería un “Apto Cautelarmente”, lo cual implica que existen deficiencias graves y muy graves, necesidad urgente de reformas y solo es posible la habitabilidad por los siguientes tres años. Para una habitabilidad mayor será necesario reformar, volver a realizar la ITE y presentarla a las autoridades competentes.

Finalmente, es importante mencionar que la no presentación de esta inspección es causa de multas que pueden ir de 1.000 a 6.000 €.

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