El Alto Tribunal, respecto a la inmunidad: “La Sala no puede aceptar lo que la ley no permite aceptar”
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dado la razón a VOX al desautorizar a Oriol Junqueras a obtener el acta de eurodiputado, tal y como exigía esta formación. Esta decisión se apoya en que Junqueras cumple una sentencia firme, y no cautelar, de 13 años de prisión y otros 13 años de inhabilitación absoluta. Una condena que fue dictada por este Tribunal en octubre del pasado año, causa en la que esta formación es la única acusación popular.
Así, el Alto Tribunal ha negado conceder la libertad a Junqueras; ha rechazado declarar la nulidad de la sentencia dictada por la Sala de lo Penal el pasado 14 de octubre; niega también tramitar el suplicatorio ante el Parlamento Europeo y ratifica la condena de 13 años de inhabilitación impuesta por el Tribunal.
Del mismo modo, recuerdan los magistrados en el auto, la Junta Electoral Central retiró el pasado 3 de enero la condición de eurodiputado a Junqueras.
El Alto Tribunal explica en su escrito la “dificultad” de sostener, tal y como lo hace la Abogacía del Estado, que Junqueras gozaba de algún tipo de inmunidad. “La Sala no puede aceptar lo que la ley no permite aceptar”, recuerda el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo recuerda que quien participa en un proceso electoral cuando ya está siendo juzgado, aunque finalmente resulte electo no goza de inmunidad conforme al derecho nacional.