Convenio regulador: claves para una buena convivencia tras el matrimonio

Convenio regulador

Uno de los principales conflictos cuando un matrimonio o una pareja se rompe es que, si hay hijos, estas dos personas quedan unidas por un vínculo indisoluble de por vida.

La toma de decisiones, los acuerdos y la organización de calendarios es, desde el momento de la separación, un esfuerzo común que hay que hacer por el bien de los menores. Para ello, la mejor herramienta legal de la que disponen los progenitores es el convenio regulador.

El convenio regulador: la base del orden familiar

Aunque la pareja ya no conviva, la presencia de hijos hace que estas personas sigan siendo un tipo de familia y, por tanto, los dos adultos deben trabajar por establecer un orden en el día a día.

En este contexto surge el convenio regulador: es un documento legal y certificado por un juez en el que se establece todo lo necesario para asegurar el cuidado y la atención de los menores, que son la prioridad en los casos de divorcio o separación.

La elaboración del convenio regulador

Existen dos vías a la hora de crear un convenio regulador. Por un lado, los progenitores lo pueden acordar de manera mutua y extrajudicial para que, posteriormente, un juez le dé validez legal conforme al artículo 90 del Código Civil.

Por otro lado, está la elaboración del convenio regulador por la vía contenciosa. Esta fórmula se utiliza cuando los padres no se ponen de acuerdo ni con la mediación de un abogado especializado en Derecho de familia.

En este último caso, una de las partes tendrá que acudir a sede judicial e interponer una demanda para solicitar este convenio. Después, ambas partes expondrán sus demandas, mínimos y requerimientos y un juez especializado en la materia dictará sentencia y marcará las bases de dicho acuerdo.

¿Qué parámetros mínimos marca el convenio regulador?

Aunque los convenios reguladores se pueden adaptar a las necesidades y características específicas de cada familia, sí que existen una serie de escenarios que se valoran en la práctica totalidad de los documentos que salen de los juzgados de familia de toda España:

  • Custodia y visitas: lo principal es aclarar quién se queda la custodia o, en caso de ser compartida, cómo se va a repartir —por quincenas, mensual, semestral—; además, se marca un régimen de visitas para que ambos padres puedan acceder al contacto con los hijos cuando no estén con ellos.
  • Pensión: los niños deben tener un nivel de vida equiparable en ambos casos. Por eso, el juez puede establecer que un padre abone a otro una pensión alimenticia. Esto, especialmente, se da en casos en los que la custodia recae solo sobre un progenitor.
  • Uso del domicilio familiar: en pro del bienestar de los niños, es muy probable que se establezca que estos permanezcan en la vivienda familiar con su tutor o que incluso los padres sean los que roten en la propiedad cuando les corresponda su plazo de custodia.

Además de estos puntos principales, los padres pueden incluir en el convenio regulador otros detalles como el reparto de vacaciones, cómo hacerse cargo de los gastos extra o incluso cómo será la distribución de bienes comunes.

Con todo ello, las familias se adecúan al nuevo escenario con una guía que les facilita el día a día y limita los conflictos y desacuerdos de cara al bienestar de los hijos.

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